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   Preguntas Frecuentes - Equipaje

¿Cuántas maletas puedo llevar en un viaje de avión?

Normalmente, las compañías aéreas incluyen en el precio del billete un peso de hasta 30 kilos para los pasajeros que viajan en Primera Clase y en Preferente, y de 20 kilos para lo que lo hacen en tarifas más económicas. En los vuelos entre España y Estados Unidos o Canadá se utiliza el sistema de piezas, que consiste en limitar el número de bultos de un volumen determinado. En todos los casos, y siempre que las condiciones del avión lo permitan, se puede facturar más equipaje del permitido pagando la cantidad que esté establecida en concepto de exceso de equipaje. 

Además del equipaje facturado, los pasajeros pueden llevar como equipaje de mano uno o dos objetos de poco peso y volumen: paraguas, bolso de mano, maletín, cámara fotográfica, ordenador portátil, bolsa de compras, etc.



¿Puedo viajar con un animal doméstico?

Los animales domésticos que acompañen a un pasajero se aceptan como equipaje. Como norma general, deben ir facturados en la bodega del avión, en un recipiente o contenedor que puede ser obtenido en algunas compañías aéreas. 

En ocasiones, pueden viajar con sus dueños en la cabina de pasajeros, siempre que no causen molestias a otras personas. Para ello, el recipiente tendrá que tener unas medidas máximas de 45 x 35 x 25 cm. y no podrá superar los 6 kilos. 

Los perros lazarillo no necesitan ir encerrados y pueden viajar en la cabina, junto al pasajero, sin ser considerados como equipaje. En este caso, no es preciso llevar a cabo ningún trámite. Basta con que el perro vaya equipado con bozal, collar y correa. 



¿Dónde y cómo tengo que reclamar por la pérdida de equipaje durante un vuelo?

Para cualquier problema con el equipaje facturado (destrucción, deterioro, retraso o pérdida), tiene que acudir inmediatamente al mostrador de la compañía aérea para cumplimentar el Parte de Irregularidad de Equipaje (P.I.R.), necesario para hacer constar lo sucedido y para la tramitación por la compañía aérea. 

Con independencia de la cumplimentación del P.I.R., hay unos plazos determinados para presentar la reclamación. En el caso de vuelos nacionales, debe hacerse en el plazo de 10 días, y la acción para exigir el pago de las indemnizaciones prescribe a los 6 meses.

Para vuelos internacionales, en el caso de deterioro del equipaje, hay 7 días para presentar la protesta. Si se ha producido un retraso en la entrega, la reclamación tiene que hacerse en el plazo de 21 días, a contar desde el momento en que haya recibido el equipaje. 

Si decide emprender una acción de responsabilidad ante los tribunales, deberá hacerlo dentro del plazo de dos años. 

¿Qué indemnización me corresponde por la pérdida del equipaje? ¿Tengo que presentar algún justificante o comprobante del valor de su contenido?

-En vuelos nacionales, la indemnización por retraso en la entrega del equipaje puede ser de hasta el precio del billete. Y por deterioro o pérdida del equipaje facturado o de mano, hasta 736,74 euros por unidad.

En vuelos internacionales, el límite de las indemnizaciones por pérdida, destrucción, deterioro o retraso del equipaje facturado está en 25,05 euros por kilo. Para el equipaje de mano, la responsabilidad está limitada a 489,20 euros por pasajero. 

Para estas indemnizaciones únicamente se tendrá en cuenta el peso total del bulto afectado, por lo que no es aconsejable incluir en el equipaje facturado artículos frágiles ni objetos de valor.

La responsabilidad por el perjuicio sólo corresponderá al valor del daño si el equipaje facturado o de mano se transporta bajo manifestación de valor declarado, aceptado por la compañía aérea y previo pago de una cantidad adicional.



+ Más Información en: www.aena.es
 

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